Arintass – es

Novedades en los aplazamientos de deudas tributarias

Novedades en los aplazamientos de deudas

Con fecha 6 de septiembre de 2022 ha sido publicada la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, que ha incorporado una disposición adicional relativa a los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Ésta viene a:

Si bien el artículo 65 de la LGT establece que las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario o ejecutivo podrán aplazarse o fraccionarse con previa solicitud del obligado tributario en los plazos establecidos, ahora la referida disposición adicional undécima de la Ley 16/2022 (que entrará en vigor el 1 de enero de 2023), viene a completar la regulación de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias con la AEAT para detallar que los acuerdos de concesión que se dicten tendrán plazos con cuotas iguales y vencimiento mensual, sin que, en ningún caso, puedan exceder de 6, 9 y 12 meses.

Se concede el plazo de 6 meses, cuando:

Se concede el plazo de 9 meses, cuando:

Se concede el plazo de 12 meses, cuando:

En resumen, se eleva el rango normativo en cuanto a la exención de la obligación de aportar garantías en determinados aplazamientos y fraccionamientos, pero no se modifica el límite exento de 30.000 euros, es decir, no se exigirán garantías siempre que el importe de la deuda tributaria que se pretenda aplazar o fraccionar, en su conjunto, no exceda de 30.000 euros.

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)

Asesores de Empresa

Salir de la versión móvil