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Responsabilidad fiscal de Propietarios de Inmuebles en España (no residentes)

Propietarios de Inmuebles en EspañaPropietarios de inmuebles en España – no residentes – también son obligados tributarios y deben declarar las rentas obtenidas en territorio español por medio del Modelo 210. Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

Están sujetos a la declaración del impuestos y presentación del modelo 210, aquellos propietarios de inmuebles en España con ingresos en territorio español provenientes de:

En el caso de propietarios que cumplan con más de uno de los criterios descritos anteriormente, los cuales, podrán incluir en una misma declaración los diferentes tipos de rentas. Por ejemplo, si una propiedad, se alquila y vende en el mismo año o si una propiedad, que no está uso, es vendida o alquilada en el mismo año.

La declaración del modelo 210 se presenta telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia tributaria española, por medio del uso de una firma electrónica.

La cumplimentación y presentación fuera de los plazos estipulados es objeto de sanción y varían en función del tipo de renta, como sigue a continuación:

Respecto a las rentas por alquileres de inmuebles, se podrán deducir ciertos gastos que estén directamente relacionados con la propiedad alquilada, entre los que se incluyen: gastos por reparaciones, impuestos, por el ejemplo el (IBI), tasas locales sobre la propiedad y seguros o intereses de préstamos para su adquisición.

Sin embargo, solo los no residentes de la UE provenientes de Noruega e Islandia pueden deducirse de estos gastos, contrario a los que sucede con aquellos residentes de Suiza, quienes no tienen permitido aplicarse estas deducciones. Solo se podrá incluir aquellos justificados con factura.

¿Cálculo de la base imponible – propietarios de inmuebles en España?

La base imponible es el 2% del valor catastral. Este importe se refiere al año natural, pero se reducirá proporcionalmente cuando no se haya tenido la titularidad del mismo durante todo el año.

En caso de inmuebles con valores catastrales revisados o modificados a partir del 1 de enero de 1994, el 1,1%.

El rendimiento a declarar será el importe íntegro que se recibe del arrendatario, menos los gastos deducibles.

¿Cómo calcular cuota a declarar – propietarios de inmuebles en España?

Para los propietarios de inmuebles en España, el tipo de gravamen a aplicar sobre la base imponible, para contribuyentes No Residentes de la UE, Islandia y Noruega es del 19%, para el resto el tipo impositivo será del 24%.

Peter Spiller

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