datos electrónicos de carácter personal en EspañaEl papel clave que juega el tratamiento de datos de carácter personal en la administración en línea requiere que las Autoridades Fiscales Españolas (AFE) mejoren la protección de datos electrónicos de carácter personal en España. Las AFE tienen un acceso sin precedentes a los datos de los ciudadanos, si bien existen salvaguardias frente al uso indebido de los datos de carácter personal.

Derechos sobre los datos de carácter personal

El derecho a los datos de carácter personal se encuentra protegido conforme al artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea que garantiza el tratamiento lícito, justo y transparente de los datos personales. El artículo 8 otorga a las personas interesadas el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales. El derecho de acceso exige que las AFE divulguen el origen, el uso y las comunicaciones relativas a los datos electrónicos de carácter personal. El derecho de acceso se encuentra reforzado por el artículo 15 de la Directiva 95/46/CE, Reglamento general de protección de datos (RGPD), que es de aplicación desde el 25 de mayo de 2018.

El Tribunal Constitucional español estableció los criterios que exigían a las AFE facilitar a los interesados la información relativa a sus datos personales. Previa solicitud del interesado, las AFE deben facilitar la información relativa a lo siguiente: el origen y el fin de todos los datos personales que se utilizan y tratan, los datos obtenidos mediante la elaboración de perfiles o el tratamiento automático, el uso futuro previsto y la duración del almacenamiento de los datos. Cuando se solicita información sobre los datos, el responsable del tratamiento cuenta con un mes para facilitar la información solicitada. Las AFE deben garantizar que los datos son accesibles, concisos y transparentes.

Almacenamiento – datos electrónicos de carácter personal en España

El almacenamiento de datos personales plantea inquietudes sobre la duración y la ubicación del almacenamiento y sobre si los organismos administrativos pueden intercambiar datos de carácter personal. La duración del almacenamiento depende del fin y del uso de los datos. Una vez que los datos ya no sean necesarios, deben eliminarse. La exposición de motivos del RGPD exige que los plazos de almacenamiento se reduzcan al mínimo.

Alcance de los datos personales

El derecho de acceso es de aplicación a los datos personales, pero el alcance de los «datos personales» es muy amplio e incluye todos los datos que identifican a una persona. Por lo tanto, proporciona flexibilidad, pero también ambigüedad. Por ejemplo, no están claros los casos en que las AFE pueden denegar el acceso. Un caso del Tribunal Supremo español (recurso administrativo número 5672/2005) tuvo en cuenta el alcance de los datos personales. En dicho caso, el demandante solicitaba amplia información a las AFE. El tribunal ordenó a las AFE proporcionar al demandante toda la información solicitada excepto la identidad del funcionario de los datos que gestionaba los datos del demandante.

Disuasión

Existe una falta de disuasión eficaz para que las AFE no cometan infracciones. En la práctica, cuando una administración fiscal infringe sus obligaciones relativas a los datos, la Agencia de Protección de Datos normalmente permite a las AFE rectificar la infracción sin sanción. Una forma de mejorar la disuasión sería introducir un sistema de compensación de datos.

Hay dudas con respecto al uso que hacen las AFE de los datos electrónicos de carácter personal en España, pero existen salvaguardias para proteger el derecho a los datos personales.

Víctor Sáez

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 2 Promedio: 5)

Asesores de Empresa