¿Qué es el Modelo 123?

El Modelo 123 es una declaración que deben presentar personas físicas, jurídicas y otras entidades, obligados a retener o ingresar a cuenta del IRPF, Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no residentes (IRNR) con rentas de capital mobiliario.

En el Modelo 123 se declaran los rendimientos de capital mobiliario tales como el pago de intereses de préstamos no bancarios o el reparto de dividendos.

Los rendimientos de capital mobiliario son utilidades y contraprestaciones que provienen de elementos patrimoniales de naturaleza mobiliaria, es decir, diferentes de inmuebles que no están afectos a actividades económicas desarrolladas por el contribuyente.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 123?

Tienen que presentar el Modelo 123 autónomos, pymes y Comunidades de Bienes, obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR, que satisfagan rentas del capital mobiliario. Hablamos, por ejemplo, de una sociedad que reparte dividendos o un empresario que paga los intereses de préstamos no bancarios.

Los rendimientos de capital mobiliario exentos de retención por cuantía deben declararse, pero si el resultado es cero hay que marcar la casilla de declaración negativa.

¿Cómo presentar y pagar el Modelo 123?

Este modelo admite la presentación presencial, únicamente si se trata de personas físicas, en entidades colaboradoras de Hacienda, o telemática, mediante certificado digital, en la sede
electrónica de Hacienda.

Cuando el resultado de la liquidación sea a ingresar y se realice el pago con domiciliación bancaria, se puede tramitar su presentación únicamente de forma telemática y sin tener que personarse en el banco, ya que Hacienda cargará el importe del resultado en tu cuenta el día 20 de los meses de presentación.

Cuando el resultado sea a ingresar y no se opte por la domiciliación bancaria, la liquidación deber ser en cualquier sucursal donde hacen entrega de un justificante de pago, que contiene el Número de Referencia Completo (NRC) necesario, para realizar la presentación del modelo en la Sede Electrónica de Hacienda. Con el NRC se cumplimenta el Modelo 123 y se presenta telemáticamente.

Plazos de presentación del Modelo 123

La periodicidad del modelo es trimestral, siendo ésta coincidente con el plazo de presentación de las obligaciones trimestrales de IVA e IRPF.

El calendario de presentación se establece de la siguiente manera:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio que corresponda. En este plazo también se tiene que presentar con carácter informativo el resumen anual, el Modelo 193.

En el caso de grandes empresas (volumen de operaciones que supera los 6.010.121,04 euros), la presentación sería mensual, como para el resto de impuestos.

Si usted tiene dudas sobre cómo cumplimentar el Modelo 123, no dude en ponerse en contacto con Arintass, quien resolverá todas sus preguntas.

Ramón Sánchez

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