El procedimiento general de devolución, que estuvo en vigor hasta el 1º de enero de 2009, sólo permitía a un pequeño grupo de contribuyentes (grandes empresas, exportadores, grandes exportadores) solicitar devoluciones mensuales al final de cada período contable. En todos los demás casos, las solicitudes de devolución sólo podían presentarse para el último ejercicio contable al final del año.

El sistema de devolución al final del año no ha cambiado, pero los contribuyentes tienen ahora la opción de solicitar la devolución mensual.

Este nuevo sistema tiene por objeto evitar los costos financieros que entraña el aplazamiento de las devoluciones, especialmente en las crisis actuales, en las que se han hecho grandes inversiones o en las que se tiene que intentar iniciar una actividad empresarial o profesional.

El nuevo sistema de reembolso mensual está disponible para la mayoría de los contribuyentes, independientemente de la naturaleza y el volumen de las transacciones, empresarios o profesionales, bienes o servicios. Sin embargo, las transacciones deben utilizarse en relación con una actividad comercial o profesional.

Para poder ejercer el derecho a la devolución mensual, los contribuyentes deben estar inscritos en el registro de devoluciones mensuales. Su registro se realiza mediante una declaración censal especial.

Los contribuyentes inscritos en el registro de exportadores y otros operadores económicos se incluyen automáticamente.

El registro es totalmente compatible con las unidades que pagan impuestos según el régimen especial del grupo de empresas. En este caso, se designa a la sociedad matriz como la unidad responsable de solicitar el registro según su condición de representante del grupo de empresas.

Si tiene alguna pregunta sobre la devolución mensual del IVA, por favor contacte con nuestro equipo de expertos de Arintass.

Juliane Köhler

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