Ley Beckham en EspañaEn el IRPF, existe un régimen especial llamado la Ley Beckham en España aplicable a las personas físicas que por motivos laborales trasladan su residencia fiscal a España, mediante el cual se puede optar por tributar por el IRNR, sin embargo, manteniendo la condición de contribuyente por el IRPF durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes, en tanto en cuanto se cumplan las condiciones previstas en el artículo 93 de la Ley del IRPF.

El régimen está pensado para incentivar la contratación de personal directivo altamente cualificado, aunque inicialmente los grandes beneficiados fueron los deportistas profesionales. La Ley ha sido modificada varias veces desde su entrada en vigor, actualmente están excluidos los deportistas profesionales. El régimen es aplicable a las rentas inferiores de los 600.000€ anuales, que tributarán al 24% y a partir de ahí al 45%. En la actualidad existen varios requisitos que hace falta cumplir para poder optar por este régimen.

Ley Beckham en España – las condiciones

Las condiciones que han de cumplir las personas que quieran aplicar el presente régimen son las siguientes:

  • Que no hayan sido residentes en España durante los 10 años anteriores a su desplazamiento a territorio español.
  • Que el desplazamiento a territorio español se produzca como consecuencia de un contrato de trabajo, bien porque se inicia una nueva relación laboral o bien por un desplazamiento ordenado por la empresa.
  • También podrán aplicar este régimen quienes se desplacen a España para adquirir la condición de administrador de una empresa con la que no estén vinculados por causas distintas a la de dicho cargo.
  • Este régimen no sería aplicable a quienes obtengan rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.
  • Que los rendimientos del trabajo que se deriven de dicha relación laboral no estén exentos de tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Las personas que quieren optar por este régimen deben entregar una petición en la Administración Tributaria en un plazo de 6 meses desde el inicio de la actividad que consta en el Alta de la Seguridad Social en España.

El régimen puede aplicarse el primer año de ser residente y los cinco siguientes.
Las personas acogidas a este régimen deben presentar una declaración de renta anual especial para no residentes.

Para conocer con exactitud si Usted puede acogerse al Régimen especial de trabajadores desplazados (“la Ley Beckham en España”), así como buscar las mejores alternativas de optimización fiscal, póngase en contacto con nuestro despacho, Arintass.

Bettina Náray

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