En diciembre de 2022 entró en vigor la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como Ley de Startups. Esta Ley está dirigida a mejorar la demografía empresarial y el clima de negocios, aumentar el tamaño de las empresas, impulsar el emprendimiento y reforzar el ecosistema de empresas emergentes de carácter innovador, especialmente en la nueva economía digital.

Le Ley de Startups va dirigida a empresas de carácter innovador, de nueva creación o con una antigüedad de hasta cinco años, o hasta siete años si:

  • son empresas de biotecnología, energía e industriales,
  • con sede social, establecimiento permanente y al menos un 60% de trabajadores en España,
  • que no hayan distribuido dividendos y no sean cotizadas y,
  • por último, con ingresos de hasta 5 millones de euros.

Esta ley pretende fomentar la creación e impulso de startups en España mediante beneficios fiscales y reducción de los trámites a la hora de su constitución.

La Empresa Nacional de Innovación SA (ENISA), dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, será la encargada de la acreditación de las empresas como Startups para que puedan acceder a los beneficios establecidos por la Ley. También habrá Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y una Oficina nacional de Emprendimiento, que funcionarán como portales o ventanillas de información y acceso a las ayudas públicas.

Entre las medidas que se incluyen destacan las siguientes:

  • Reducción del tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios, así como en el Impuesto sobre la Renta de no residentes, permitiendo el aplazamiento de la deuda tributaria sin garantías ni intereses de demora por un periodo de 12 y 6 meses, respectivamente
  • Eliminación de pagos fraccionados en los dos años posteriores a aquel en el que la base imponible del impuesto sea positiva
  • Se eleva de 12.000 a 50.000 euros anuales la exención fiscal de remuneración de trabajadores sobre acciones de la propia compañía
  • Se reduce la carga burocrática y administrativa para la constitución de una startup, pudiendo realizarse mediante Documento Único Electrónico e inscripción en el Registro Mercantil en un plazo de entre 6 horas y 5 días, reduciéndose los aranceles notariales y registrales, y eliminándose el requisito de obtención de número de identificación de extranjero para los inversores no residentes
  • Se establece un procedimiento más ágil para la obtención de visado y residencia para atraer a los denominados nómadas digitales
  • Se aumenta la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, incrementando el tipo de deducción del 30% al 50% y aumentando la base máxima de 60.000 a 100.000 euros
  • Se elimina el régimen de pluriactividad durante 3 años para aquellos trabajadores por cuenta ajena que emprendan una startup.

Roberto Cerrato

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