El SII en España ha sufrido modificaciones técnicas que permitirán un registro de información más preciso.
Así, la Orden HFP/187/2018, de 22 de febrero (publicada en el BOE con fecha 27 Febrero 2018), introduce novedades y modificaciones con respecto a la Orden HFP/417/2017, de 12 mayo, donde se regulan las especificaciones técnicas para la llevanza de los libros de IVA por medio del SII en España.
Novedades – SII en España
De este modo, entre las novedades que se aplicarán desde el 1 de Julio:
- Se añade, en el libro registro de facturas recibidas, la clave de factura “LC Aduanas – Liquidación complementaria”.
- Se incluye una nueva clave de medio de cobro/pago de las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial del criterio de caja del IVA para identificar aquellos cobros y pagos que se instrumenten mediante órdenes de domiciliación bancaria.
- En el libro registro de facturas expedidas se establece una marca para la identificación de aquellas facturas expedidas por terceros. Además, se crean campos específicos asociados a las distintas modalidades de causa de exención, permitiendo el desglose del importe exento.
- Se introduce un identificador (L29) que especifica aquellas facturas con importe de la factura superior o igual a un umbral de 100.000 euros. Así, si el registro de facturación supera esta cantidad es necesario marcar este identificador.
Resumen – SII en España
A pesar de ser modificaciones principalmente técnicas, es importante tenerlas en cuenta a fin de realizar los cambios y adaptaciones necesarios que permitan cumplir con el correcto suministro de información de los datos de IVA para aquellas empresas que estén incluidas en el SII en España (Suministro Inmediato de Información).
Peter Spiller