Durante la crisis financiera en el año 2008 el Expediente de Regulación de Empleo (ERE en España) fue un mecanismo muy utilizado, cuando una empresa realizaba despidos masivos de sus trabajadores. Actualmente, la crisis del Coronavirus ha popularizado otro mecanismo aplicable, el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE en España).
En Arintass hemos resumido los similitudes, diferencias y características de ambos mecanismos.
El Expediente de Regulación de Trabajo (ERE en España) es un mecanismo de despido colectivo que tiene como consecuencia de la extinción del contrato de los trabajadores. El artículo 51 del Estatuto de los trabajadores explica que se trata de un despido colectivo cuando durante un periodo de 90 días, las extinciones de contratos superan el siguiente número de afectados:
- Diez trabajadores, en las empresas que cuenten con menos de cien trabajadores.
- El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
- Treinta trabajadores en las empresas que cuenten con más de trescientos trabajadores.
Los trabajadores que cumplan las condiciones tienen derecho al desempleo porque un ERE tiene un efecto definitivo. Cuando la extinción afectase a más del cincuenta por ciento de los trabajadores, el empresario tiene que dar la venta de los bienes de la empresa, excepto de aquellos que constituyen el tráfico normal de la misma.
Por otro lado, el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE en España) regulado por el Articulo 47 del Estatuto de Trabajadores, es un mecanismo con una duración determinada. La actividad laboral del trabajador queda suspendida o la jornada laboral se reduce entre el 10 o 70 por ciento. Aunque el sueldo variará en función de si se aplica una suspensión de contrato o una reducción de jornada, el trabajador mantendrá el alta en la Seguridad Social al 100%. Como apoyo, las empresas con más de 50 empleados obtendrán una rebaja del 75% en la cuota de la Seguridad Social. En caso de una suspensión de la jornada laboral el salario queda suspendido el SEPE (Servicio Público de Empleo) establece un pago del 70 por ciento del salario durante los primeros seis meses, pero un máximo de 1.100€ sin hijos. El ERTE se puede introducir independientemente de las personas afectadas y del tamaño de la empresa.
No obstante, han de existir causas organizativas, productivas, técnicas, económicas o causas por fuerza mayor para la aplicación de ambos mecanismos. Las causas económicas ocurren cuando el resultado actual o previsto es negativo tal como una disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas durante dos trimestres o registros inferiores al trimestre del año pasado.
En caso de cualquier pregunta o consulta respecto al tema de los ERE o ERTE en España nuestro equipo de recursos humanos permanecerá a su entera disposición.