por Arintass | Ene 30, 2019 | Asesoramiento Fiscal
Los servicios prestados a una entidad sin ánimo de lucro, al no estar identificada a efectos del impuesto en su país por no estar obligada a ello, se localizan en territorio de aplicación del impuesto.
por Arintass | Ene 24, 2019 | Asesoramiento Fiscal
El modelo 349 es una declaración informativa en el que tanto personas físicas como empresas tienen que detallar las operaciones intracomunitarias en España llevadas a cabo durante el período correspondiente.
por Arintass | Ene 2, 2019 | Asesoramiento Fiscal
Propietarios de inmuebles en España – no residentes – también son obligados tributarios y deben declarar las rentas obtenidas en territorio español por medio del Modelo 210. Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
por Arintass | Dic 26, 2018 | Asesoramiento Fiscal
El Consejo de la Unión Europea ha adoptado la Directiva (UE) 2018/1713 del CONSEJO, de 6 de noviembre de 2018 (DOUE de 14 de noviembre), en lo relativo a los tipos impositivos sobre el valor añadido aplicados a los libros, los periódicos y las revistas, que permite la armonización de las normas del IVA aplicables a las publicaciones electrónicas con el gravamen aplicable a las publicaciones físicas. A partir de ahora, los Estados miembros podrán aplicar tipos de IVA reducidos, súper-reducidos o nulos también a las publicaciones electrónicas (IVA reducido para las publicaciones electrónicas).
por Arintass | Dic 12, 2018 | Asesoramiento Fiscal
Las bases y fundamentos del modelo 202 están descritas en el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio en el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en España. El modelo 202 se utiliza para realizar pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en España para personas físicas y jurídicas, tanto residentes como no residentes, siempre que tengan un establecimiento permanente en territorio nacional.
por Arintass | Nov 20, 2018 | Asesoramiento Fiscal
Las operaciones triangulares intracomunitarias (OTI) se realizan entre tres empresas, cada una de las cuales está localizada en un país distinto, de tal forma que la Empresa B (intermediario, País 2) compra a la Empresa A (proveedor, País 1) unas mercancías para, a su vez, venderlas a la Empresa C (cliente final, País 3), de tal manera que el producto es transportado directamente desde el país del proveedor al del cliente final, sin pasar por el país de la Empresa B.